Tema 8 – Legislación: El Plan Especial de Protección Civil (INFOMA)

Bomberos CM - INFOMA

De entre todos los temas que integran el bloque de legislación, el tema 8 – El Plan Especial de Protección Civil (INFOMA) – es el que más cambios presenta con respecto a su versión anterior. A pesar de ello, son buenas noticias dado que se reduce sustancialmente el volumen del tema (de 70 páginas a 30 páginas) y todo el trabajo que hayáis relazado previamente es aprovechable.

Detalle de todas las variaciones existentes entre su versión anterior y la actual:

Páginas 10-11-12 (Tema antiguo)

Las tres primeras hojas del tema antiguo cuyas numeraciones son las citadas páginas 10, 11 y 12 se eliminan del temario. Los siguientes epígrafes ya no son objeto de temario:

  • Disposiciones Generales
  • Disposición Derogatoria Única
  • Disposición Final Primera
  • Disposición Final Segunda
  • Disposición Final Tercera
Páginas 39 a 70 (Tema antiguo)

Las 31 páginas dedicadas en el tema antiguo a los Anexos del INFOMA se eliminan del temario. Los siguientes Anexos ya no son objeto de temario:

  • Anexos: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8.

A lo largo del todo el tema nuevo vamos a ver repetido un cambio en el agente “Protección Ciudadana” por un nuevo agente; por lo general “Emergencias” o “Emergencias y Protección Civil”.  En concreto, en las siguientes localizaciones:

Página 16 (Tema Antiguo)

Epígrafe: Marco Legal en el Ámbito Autonómico

  • Antes: Dirección General de Protección Ciudadana.
  • Ahora: Dirección General competente en materia de emergencias.
Página 27 (Tema Antiguo)

Epígrafe: 3.1.1 Director del Plan

  • Antes: en materia de protección ciudadana de la Comunidad de Madrid.

  • Ahora: en materia de emergencias y protección civil de la Comunidad de Madrid.

  • Antes: Director General competente en materia de protección ciudadana.

  • Ahora: Director General competente en materia de emergencias.

Página 29 (Tema Antiguo)

Epígrafe: 3.1.1.1 Especialidad del municipio de Madrid

  • Antes: general competente en materia de protección ciudadana de la Comunidad de Madrid.
  • Ahora: general competente en materia de emergencias de la Comunidad de Madrid.
Página 31 (Tema Antiguo)

Epígrafe: 3.1.4 Gabinete de información

  • Antes: materia de protección ciudadana y formarán parte del mismo el equipo de Prensa de Madrid 112.
  • Ahora: materia de emergencias y protección civil y formarán parte del mismo el equipo de Prensa de Madrid 112.
Página 31 (Tema Antiguo)

Epígrafe: 3.1.5 CECOP-CECOPI

  • Antes: materia de protección ciudadana de la Comunidad de Madrid, que estarán bajo la dirección y mando del Director de Operaciones.
  • Ahora: materia de emergencias de la Comunidad de Madrid, que estarán bajo la dirección y mando del Director de Operaciones.
Página 36 (Tema Antiguo)

Epígrafe: 3.1.7.4 Grupo de Apoyo Logístico

  • Antes: situación 2 asume el mando el responsable de Protección Civil de la Comunidad de Madrid.
  • Ahora: situación 2 asume el mando el responsable de la Subdirección General competente en materia de Coordinación Operativa de la Comunidad de Madrid.
Página 36 (Tema Antiguo)

Epígrafe: 3.2 Operatividad del Plan Especial

  • Antes: La Dirección General competente en materia de Protección Ciudadana regulará
  • Ahora: La Dirección General competente en materia de emergencias regulará
Página 36 (Tema Antiguo)

Epígrafe: 3.2.1.1 Detección de incendio

  • Antes: Estas acciones recaen en la Dirección General competente en materia de protección ciudadana a través de una red.
  • Ahora: Estas acciones recaen en la Dirección General competente en materia de emergencias a través de una red.
  • Antes: los Agentes Forestales y los recursos de extinción de la Dirección General de Protección Ciudadana.
  • Ahora: los Agentes Forestales y los recursos de extinción de la Dirección General competente en materia de emergencias.
Página 39 (Tema Antiguo)

Epígrafe: 3.2.2.1 Ataque y extinción

  • Antes: En el caso de que se incorporen medios aéreos ajenos a la Dirección General de Protección Ciudadana.
  • Ahora: En el caso de que se incorporen medios aéreos ajenos a la Dirección General competente en materia de emergencias.
Página 41 (Tema Antiguo)

Epígrafe: 3.2.2.5 Información a la población

  • Antes: Gabinete de Información de la Consejería competente en materia de protección ciudadana.
  • Ahora: Gabinete de Información de la Consejería competente en materia de emergencias y protección civil.
Página 41 (Tema Antiguo)

Epígrafe: 3.3.2. Situación operativa 1

  • Antes: Director General competente en materia de protección ciudadana.
  • Ahora: Gabinete de Información de la Consejería competente en materia de emergencias.
Página 43 (Tema Antiguo)

Epígrafe: 3.5.1 Comunidad de Madrid

  • Antes: Consejería competente en materia de Protección Ciudadana:

La Consejería competente en materia de Protección Ciudadana, tiene, entre otras

La Dirección General competente en materia de Protección Ciudadana cumplirá, entre otras que puedan corresponderle, las siguientes funciones:

  • Ahora: Consejería competente en materia de emergencias y protección civil:

La Consejería competente en materia de emergencias y protección civil, tiene, entre otras

La Dirección General competente en materia de emergencias cumplirá, entre otras que puedan corresponderle, las siguientes funciones:

Página 45 (Tema Antiguo)

Epígrafe: Consejería competente en materia de Medio Ambiente

  • Antes: sin perjuicio de las competencias de la Dirección General de Protección Ciudadana en materia de prevención
  • Ahora: sin perjuicio de las competencias de la Dirección General de Emergencias en materia de prevención
Página 46 (Tema Antiguo)

Epígrafe: Ministerio con competencias de Medio Ambiente

  • Antes: Meteorología enviará a la Dirección General de Protección Ciudadana
  • Ahora: Meteorología enviará a la Dirección General competente en materia de emergencias
Página 47 (Tema Antiguo)

Epígrafe: 4.1 Implantación

  • Antes: Director General de Protección Ciudadana, sean imprescindibles
  • Ahora: Director General de competente en materia de emergencias, sean imprescindibles
Página 47 (Tema Antiguo)

Epígrafe: 4.2 Mantenimiento del Plan Especial

  • Antes: Dirección General competente en materia de Protección Ciudadana velar

Dirección General competente en materia de Protección Ciudadana solicitará

  • Ahora: Dirección General competente en materia de emergencias velar

Dirección General competente en materia de emergencias solicitará

Además de este cambio recurrente a lo largo del todo el tema, debemos tener en cuenta también la inclusión de un determinado número de pies de página que contienen información susceptible de ser preguntada en el examen de teoría.
Página 13 (Tema antiguo)

Epígrafe: Antecedentes

  • Nuevo pié de página: Incorpora las correcciones de errores efectuadas por Acuerdo de 28 de julio de 2017, del Consejo de Gobierno (BOCM de 25 de agosto de 2017)
Página 16 (Tema Antiguo)

Epígrafe: Marco Legal en el Ámbito Autonómico

  • Nuevo pié de página:  (4)- Por Decreto 83/2018, de 5 de junio, del Consejo de Gobierno, todas las referencias hechas en el presente Decreto a «Dirección/Director General de Protección Ciudadana» y a «Dirección/Director General competente en materia de protección ciudadana» quedan sustituidas por «Dirección/Director general competente en materia de emergencias» para actualizar el contenido del texto a la nueva estructura organizativa tras la puesta en funcionamiento de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112. Véase el Decreto 130/2017 de 31 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno.
Página 27 (Tema Antiguo)

Epígrafe: 3.1.1 Director del Plan

  • Nuevo pié de página:  (5)- Por Decreto 83/2018, de 5 de junio, del Consejo de Gobierno, todas las referencias que se realicen en el presente texto a la «Consejería competente en materia de protección ciudadana» quedan sustituidas por «Consejería competente en materia de emergencias y protección civil» .
  • Nuevo pié de página:  (6)- Véase el artículo Duodécimo.2 de la Orden 1/2018, de 30 de mayo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.
Página 36 (Tema Antiguo)

Epígrafe: 3.2 Operatividad del Plan Especial

  • Nuevo pié de página:  (7)- Redacción dada al apartado 3.1.7.4. por Decreto 83/2018, de 5 de junio, del Consejo de Gobierno.
Página 43 (Tema Antiguo)

Epígrafe: 3.5.1 Comunidad de Madrid

  • Nuevo pié de página:  (8)- Redacción dada al apartado 3.5.1. por Decreto 83/2018, de 5 de junio, del Consejo de Gobierno
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