Tema 8 – Legislación: El Plan Especial de Protección Civil (INFOMA)
De entre todos los temas que integran el bloque de legislación, el tema 8 – El Plan Especial de Protección Civil (INFOMA) – es el que más cambios presenta con respecto a su versión anterior. A pesar de ello, son buenas noticias dado que se reduce sustancialmente el volumen del tema (de 70 páginas a 30 páginas) y todo el trabajo que hayáis relazado previamente es aprovechable.
Detalle de todas las variaciones existentes entre su versión anterior y la actual:
Páginas 10-11-12 (Tema antiguo)
Las tres primeras hojas del tema antiguo cuyas numeraciones son las citadas páginas 10, 11 y 12 se eliminan del temario. Los siguientes epígrafes ya no son objeto de temario:
- Disposiciones Generales
- Disposición Derogatoria Única
- Disposición Final Primera
- Disposición Final Segunda
- Disposición Final Tercera
Páginas 39 a 70 (Tema antiguo)
Las 31 páginas dedicadas en el tema antiguo a los Anexos del INFOMA se eliminan del temario. Los siguientes Anexos ya no son objeto de temario:
- Anexos: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8.
A lo largo del todo el tema nuevo vamos a ver repetido un cambio en el agente “Protección Ciudadana” por un nuevo agente; por lo general “Emergencias” o “Emergencias y Protección Civil”. En concreto, en las siguientes localizaciones:
Página 16 (Tema Antiguo)
Epígrafe: Marco Legal en el Ámbito Autonómico
- Antes: Dirección General de Protección Ciudadana.
- Ahora: Dirección General competente en materia de emergencias.
Página 27 (Tema Antiguo)
Epígrafe: 3.1.1 Director del Plan
-
Antes: en materia de protección ciudadana de la Comunidad de Madrid.
-
Ahora: en materia de emergencias y protección civil de la Comunidad de Madrid.
-
Antes: Director General competente en materia de protección ciudadana.
-
Ahora: Director General competente en materia de emergencias.
Página 29 (Tema Antiguo)
Epígrafe: 3.1.1.1 Especialidad del municipio de Madrid
- Antes: general competente en materia de protección ciudadana de la Comunidad de Madrid.
- Ahora: general competente en materia de emergencias de la Comunidad de Madrid.
Página 31 (Tema Antiguo)
Epígrafe: 3.1.4 Gabinete de información
- Antes: materia de protección ciudadana y formarán parte del mismo el equipo de Prensa de Madrid 112.
- Ahora: materia de emergencias y protección civil y formarán parte del mismo el equipo de Prensa de Madrid 112.
Página 31 (Tema Antiguo)
Epígrafe: 3.1.5 CECOP-CECOPI
- Antes: materia de protección ciudadana de la Comunidad de Madrid, que estarán bajo la dirección y mando del Director de Operaciones.
- Ahora: materia de emergencias de la Comunidad de Madrid, que estarán bajo la dirección y mando del Director de Operaciones.
Página 36 (Tema Antiguo)
Epígrafe: 3.1.7.4 Grupo de Apoyo Logístico
- Antes: situación 2 asume el mando el responsable de Protección Civil de la Comunidad de Madrid.
- Ahora: situación 2 asume el mando el responsable de la Subdirección General competente en materia de Coordinación Operativa de la Comunidad de Madrid.
Página 36 (Tema Antiguo)
Epígrafe: 3.2 Operatividad del Plan Especial
- Antes: La Dirección General competente en materia de Protección Ciudadana regulará
- Ahora: La Dirección General competente en materia de emergencias regulará
Página 36 (Tema Antiguo)
Epígrafe: 3.2.1.1 Detección de incendio
- Antes: Estas acciones recaen en la Dirección General competente en materia de protección ciudadana a través de una red.
- Ahora: Estas acciones recaen en la Dirección General competente en materia de emergencias a través de una red.
- Antes: los Agentes Forestales y los recursos de extinción de la Dirección General de Protección Ciudadana.
- Ahora: los Agentes Forestales y los recursos de extinción de la Dirección General competente en materia de emergencias.
Página 39 (Tema Antiguo)
Epígrafe: 3.2.2.1 Ataque y extinción
- Antes: En el caso de que se incorporen medios aéreos ajenos a la Dirección General de Protección Ciudadana.
- Ahora: En el caso de que se incorporen medios aéreos ajenos a la Dirección General competente en materia de emergencias.
Página 41 (Tema Antiguo)
Epígrafe: 3.2.2.5 Información a la población
- Antes: Gabinete de Información de la Consejería competente en materia de protección ciudadana.
- Ahora: Gabinete de Información de la Consejería competente en materia de emergencias y protección civil.
Página 41 (Tema Antiguo)
Epígrafe: 3.3.2. Situación operativa 1
- Antes: Director General competente en materia de protección ciudadana.
- Ahora: Gabinete de Información de la Consejería competente en materia de emergencias.
Página 43 (Tema Antiguo)
Epígrafe: 3.5.1 Comunidad de Madrid
- Antes: Consejería competente en materia de Protección Ciudadana:
La Consejería competente en materia de Protección Ciudadana, tiene, entre otras
La Dirección General competente en materia de Protección Ciudadana cumplirá, entre otras que puedan corresponderle, las siguientes funciones:
- Ahora: Consejería competente en materia de emergencias y protección civil:
La Consejería competente en materia de emergencias y protección civil, tiene, entre otras
La Dirección General competente en materia de emergencias cumplirá, entre otras que puedan corresponderle, las siguientes funciones:
Página 45 (Tema Antiguo)
Epígrafe: Consejería competente en materia de Medio Ambiente
- Antes: sin perjuicio de las competencias de la Dirección General de Protección Ciudadana en materia de prevención
- Ahora: sin perjuicio de las competencias de la Dirección General de Emergencias en materia de prevención
Página 46 (Tema Antiguo)
Epígrafe: Ministerio con competencias de Medio Ambiente
- Antes: Meteorología enviará a la Dirección General de Protección Ciudadana
- Ahora: Meteorología enviará a la Dirección General competente en materia de emergencias
Página 47 (Tema Antiguo)
Epígrafe: 4.1 Implantación
- Antes: Director General de Protección Ciudadana, sean imprescindibles
- Ahora: Director General de competente en materia de emergencias, sean imprescindibles
Página 47 (Tema Antiguo)
Epígrafe: 4.2 Mantenimiento del Plan Especial
- Antes: Dirección General competente en materia de Protección Ciudadana velar
Dirección General competente en materia de Protección Ciudadana solicitará
- Ahora: Dirección General competente en materia de emergencias velar
Dirección General competente en materia de emergencias solicitará
Página 13 (Tema antiguo)
Epígrafe: Antecedentes
- Nuevo pié de página: Incorpora las correcciones de errores efectuadas por Acuerdo de 28 de julio de 2017, del Consejo de Gobierno (BOCM de 25 de agosto de 2017)
Página 16 (Tema Antiguo)
Epígrafe: Marco Legal en el Ámbito Autonómico
- Nuevo pié de página: (4)- Por Decreto 83/2018, de 5 de junio, del Consejo de Gobierno, todas las referencias hechas en el presente Decreto a «Dirección/Director General de Protección Ciudadana» y a «Dirección/Director General competente en materia de protección ciudadana» quedan sustituidas por «Dirección/Director general competente en materia de emergencias» para actualizar el contenido del texto a la nueva estructura organizativa tras la puesta en funcionamiento de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112. Véase el Decreto 130/2017 de 31 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno.
Página 27 (Tema Antiguo)
Epígrafe: 3.1.1 Director del Plan
- Nuevo pié de página: (5)- Por Decreto 83/2018, de 5 de junio, del Consejo de Gobierno, todas las referencias que se realicen en el presente texto a la «Consejería competente en materia de protección ciudadana» quedan sustituidas por «Consejería competente en materia de emergencias y protección civil» .
- Nuevo pié de página: (6)- Véase el artículo Duodécimo.2 de la Orden 1/2018, de 30 de mayo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.
Página 36 (Tema Antiguo)
Epígrafe: 3.2 Operatividad del Plan Especial
- Nuevo pié de página: (7)- Redacción dada al apartado 3.1.7.4. por Decreto 83/2018, de 5 de junio, del Consejo de Gobierno.
Página 43 (Tema Antiguo)
Epígrafe: 3.5.1 Comunidad de Madrid
- Nuevo pié de página: (8)- Redacción dada al apartado 3.5.1. por Decreto 83/2018, de 5 de junio, del Consejo de Gobierno